Se aprueba el Reglamento de la Ley de Fundaciones
Regula las cuestiones orientadas a facilitar la actividad y el adecuado funcionamiento de las Fundaciones.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge hoy, 22 de noviembre, la publicación del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de
competencia estatal, en desarrollo de la Ley 50/2002 de Fundaciones. La Ley 50/2002 de
Fundaciones supuso la revisión del marco legal existente en materia de fundaciones y de incentivos
fiscales a la participación privada en actividades de interés general. El Reglamento que se aprueba a
través del Real Decreto 1337/ regula las cuestiones orientadas a facilitar la actividad y el adecuado
funcionamiento de dichas entidades y recoge determinadas disposiciones relativas a los diferentes
aspectos del fenómeno fundacional. Mientras el capítulo primero recoge las disposiciones de alcance
más general, los capítulos II y III regulan la constitución y el gobierno de la fundación. En el capítulo
IV se unifican las normas procedimentales relativas a los actos de disposición y gravamen del
patrimonio fundacional. Por su parte, el capítulo V desarrolla las previsiones legales relativas a las
distintas actividades que pueden llevar a cabo las fundaciones, así como las relacionadas con su
gestión económica. El Real Decreto también prevé diversas obligaciones de la fundación en materia
de contabilidad y rendición de cuentas, sin perjuicio de la aplicabilidad de las normas de adaptación
del Plan General de Contabilidad para las entidades sin fines lucrativos. Este último capítulo también
incluye el destino que las fundaciones han de dar a sus rentas e ingresos, desarrollando las
limitaciones cuantitativas que la ley prevé para ciertos gastos. Tras la regulación de la intervención
temporal, recogida en el capítulo VI, el capítulo VII regula los procedimientos para la modificación de
estatutos, la fusión y la extinción de las fundaciones, así como las normas aplicables a la liquidación
del patrimonio de la fundación extinguida.
V / Lex, 22 de noviembre de 2005. |